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SAT niega prórroga para emitir facturas con complemento de pago

El Instituto Mexicano de Contadores Públicos solicitó ampliar el plazo para implementar el complemento del pago del CFDI 3.3 pues los sistemas de las empresas aún no están listos, pero la autoridad rechazó la petición.

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) advirtió que el plazo para que se incorpore el complemento de recepción de pagos en las facturas electrónicas se mantiene al 1 de septiembre de 2018.

Este recordatorio se da luego de que por la mañana el Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP) solicitó prorrogar la entrada en vigor de dicha disposición al 1 de enero de 2019, ya que los sistemas implementados en las empresas aún no están listos.

«Se mantiene el plazo para emitir facturas con el complemento de recepción de pagos. A partir del 1 de septiembre se deberá emitir el recibo electrónico de pagos al momento de recibir un pago en parcialidades o diferido», subrayó el SAT esta noche en un comunicado.

El fisco indicó que la autoridad fiscal reconoce el esfuerzo de los contribuyentes para cumplir con sus obligaciones fiscales adaptándose a los nuevos servicios digitales que se han puesto a su disposición, lo que ha llevado a brindarles beneficios como las declaraciones prellenadas.

«Para continuar brindando estos beneficios, es necesario que la información que se recibe de los contribuyentes cada vez sea más precisa, para evitar con esto sanciones en los comprobantes que emiten», apuntó.

Recordó que esta nueva factura entró en vigor en julio de 2017 y a partir del 1 de septiembre del 2018 los contribuyentes estarán obligados a generar el recibo de pago, cuando las operaciones sean pactadas en parcialidades o pagos diferidos.

El SAT añadió que los principales desarrolladores de sistemas han confirmado que las actualizaciones necesarias del recibo electrónico de pago se encuentran listas.

Por la mañana, el presidente del IMCP, José Besil, dijo en conferencia de prensa que la etapa en la que se encuentran los contribuyentes es la implementación del complemento de pago del CFDI 3.3, pues ante la emisión de ese nuevo comprobante las empresas y personas físicas aún están identificando cuántas facturas emiten las empresas al día, cuántos depósitos se reciben al día y a qué facturas corresponden.

«Esa es la problemática a la que en este momento nos enfrentamos, los sistemas implementados en las empresas no están listos, los paquetes de contabilidad o de administración que las empresas están usando tampoco están listos, porque cuando se utiliza paquetería diferente, la identificación de los CFDI expedidos no puede ligarse sistemáticamente y tiene que hacerse manual».

Por ello, el IMCP solicitó al SAT que la entrada en vigor del complemento de pago sea a partir del 1 de enero del año próximo, a fin de que los contribuyentes «estemos en posibilidad de dar cabal cumplimiento a la nueva obligación que ha representado una nueva complejidad en la administración, principalmente en el área de cuentas por cobrar de las empresas».

Zenyazen Flores

¿Qué es el complemento de pagos?

Es un nuevo tipo de CFDI, el cual se relacionará a una factura y contará con la información detallada de la transferencia, cheque, tarjeta, etc., con la finalidad de identificar de manera exacta el pago realizado en nuestra cuenta bancaria.

¿Cuándo entran en vigor los Complementos de Pagos?

Los complementos de pagos entran en vigor el 1 de julio de 2017 para los que emitan comprobantes con la versión 3.3 CFDI. En caso contrario pueden optar por la prórroga y generar el complemento de pago a partir del 1 de Abril de 2018.

¿Cuándo debo emitir el Complemento de Recepción de Pagos?

Aplica para las operaciones que son a crédito, pago en parcialidades, o en su defecto que sea pago en una sola exhibición, pero que la factura se genere antes de recibir el pago. Es decir, el Complemento de Recepción de Pagos se realizará cuando el pago se realice después de que se hizo la factura.

Ejemplo de complemento de pagos

El próximo 1 de julio entraró en vigor la versión 3.3 del CFDI en México. La obligatoriedad comenzará el 1 de enero del 2018. Se podrá seguir usando la versión 3.2 para la emisión de facturas hasta el 31 de diciembre de 2017.

El objetivo del Servicio de Administración Tributaria (SAT) con este cambio es simplificar más el cumplimiento fiscal, mejorar el control tributario y resolver las incidencias del modelo actual de facturación electrónica.

¿Cuáles son los cambios del CDFI 3.3?

Las especificaciones técnicas del CFDI 3.3 se publicaron en el Anexo 20, que puede consultarse junto con el catálogo, la estructura y el estándar en el portal web del SAT. Aun así, las modificaciones más destacadas son las siguientes:

  • Se aplicarán nuevas reglas de validación, que permitan comprobar la coherencia de los datos con el objetivo de evitar posibles errores. Por ejemplo, a partir de ahora los tipos de régimen del contribuyente y la fecha de la factura se registrarán de forma automática. Otra regla será la comprobación de los RFC de los receptores en la base de datos del SAT por parte del PAC. Si este no se verifica, la factura no se timbrará.
  • Se emplearán 23 de catálogos, algunos aceptados internacionalmente, para completar la información de algunos de los campos del CFDI. Esto ya se está haciendo en la versión 3.2 con el apartado de método de pago y sirve para mejorar la precisión de los datos. Con los datos unificados mediante los catálogos el SAT tendrá más facilidades para automatizar el control fiscal, elaborar estadísticas o realizar auditorías electrónicas.
  • Se pre-rellenarán algunos campos en la presentación de las declaraciones debido a que la información existente se integrará con el proceso de facturación. Esto agilizará la tareas de cumplimiento fiscal.
  • La factura electrónica se diferenciará ahora de los recibos de nóminas y los comprobantes de pago, que pasarán a ser documentos independientes.

Otras modificaciones del CFDI en 2017

Además de la actualización a la versión 3.3 de CFDI, los contribuyentes deberán adaptarse durante este año a otras modificaciones en el modelo de factura electrónica. En lo que llevamos de 2017, ya han entrado en vigor la versión 1.2 del complemento de nómina y el complemento de comercio de exterior.

El Complemento de Recepción de Pagos será opcional a partir del 1 de julio del 2017 sólo con la versión 3.3. de factura electrónica y obligatorio a partir del 1 de abril del 2018.

¿Cómo hacer frente a los cambios?

Todas estas modificaciones son analizadas y aplicadas por Contpaq para que todos nuestros clientes puedan trabajar de manera eficiente.

El SAT se encuentra en constante actualización y evolución de su esquema de facturación electrónica, con el objetivo de mejorar la consistencia de los datos, la automatización de los procesos y un mayor control de la contabilidad fiscal.

Ejemplo de factura 3.3

En este articulo veras algunos tips para recuperar archivos que no guardaste en Word

http://www.unocero.com/2015/01/23/como-recuperar-un-documento-de-word-que-no-guardaste/

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